viernes, 11 de abril de 2014

Nueva Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.


Con fecha del pasado 8 de abril de 2014 se ha publicado en el BOE la Ley 6/2014, de 7 de abril, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, modificación que entrará en vigor el próximo día 9 de mayo de 2014, y que traerá como principales novedades, tal y como ha sido anunciado en la web del Ministerio del Interior, las siguientes:



- Se podrá inmovilizar un vehículo si no se dispone del dispositivo de retención infantil.

- Los ciclistas menores de 16 años deben utilizar siempre el casco de protección, independientemente de la vía por la que circulen.

- Se prohíben los detectores de radar, no así los dispositivos que exclusivamente informan de la ubicación de los radares.

- Se eleva a 1.000 euros la sanción por conducir con presencia de drogas en el organismo y de alcohol cuando se duplique la tasa permitida o en caso de reincidencia.

- Se recoge la posibilidad de restringir el acceso o la circulación por las vías a determinados vehículos por motivos medioambientales.

- En los accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas, con carácter general, la responsabilidad será del conductor del vehículo.



En el siguiente enlace podrá acceder al texto consolidado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que incorpora las novedades antes mencionadas.

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